Anaya, Adrián Osvaldo c/ Andrioli, Marcelo y otro s/ ord.
Buenos Aires, 23 de marzo de 2001. Y Vistos: I. Apeló la actora la resolución de fs. 437/8 que denegó la solicitud de citación como tercero de Sold Out, S.R.L. por no haber sido peticionada al promover la demanda. Presentó el memorial en fs. 447/52.
II. Si bien es cierto que el art. 94 del cód. procesal establece que la parte actora que pretenda la citación de un tercero debe peticionarlo en el escrito de demanda, no puede desconocerse que en el caso, los hechos que motivaron esa solicitud fueron introducidos recién en la contestación de demanda, oportunidad en que el accionado denunció que ‘Sold Out, S.R.L.’ incumplió las obligaciones que según el contrato que origina este reclamo se encontraban a su cargo (v. fs. 318).
En estas condiciones resulta atendible la pretensión del actor de traer a juicio, en los términos del art. 94 del ordenamiento procesal, a quien fuera cedente del crédito cuya percepción aquí se persigue, en razón del interés que le asiste de poder, eventualmente y ante una sentencia desfavorable, oponer lo que aquí se resuelva a ese tercero.
III. Por consiguiente se resuelve admitir el recurso y revocar el pronunciamiento apelado. Notifíquese y devuélvase al Juzgado de trámite. José L. Monti. Bindo B. Caviglione Fraga. Héctor M. Di Tella (Sec.: Alfredo A. Kölliker Frers).