Corte Suprema de Justicia. Resolución SGA nº 1497/2024. Abogado: Regulación de honorarios profesionales; fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA).

Corte Suprema de Justicia

Resolución SGA nº 1497/2024. Abogado: Regulación de honorarios profesionales; fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (junio 06-2024).

Buenos Aires, 6 de junio de 2024

Visto, el dictado de la Acordada nº 22/2024, mediante la cual esta Corte Suprema dispuso un incremento salarial del siete por ciento (7%) a partir del primero de abril de 2024; y

Considerando:

Que en función de las atribuciones conferidas en el punto resolutivo 2º) de la Acordada 30/2023, corresponde a esta Secretaría General de Administración calcular el nuevo valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –determinado por última vez por Resolución SGA nº 925/2024-, con arreglo a lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y a las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada nº 27/2018 y proceder a su publicación y comunicación.

Que, a estos efectos, han tomado intervención la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Por ello,

SE RESUELVE:

1) Hacer saber que el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIEZ ($ 52.510) a partir del 01 de abril de 2024 (conf. Acordada 22/2024).

2) Disponer la publicación de la presente resolución en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Regístrese, publíquese en la página web del Tribunal y comuníquese con copia de la acordada referida en el Visto. – Gerardo Gabriel Prataviera.

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia Acordada 21/2024. Poder Judicial: Feria judicial; Corte Suprema de Justicia; julio 2024; autoridades

Corte Suprema de Justicia

Acordada 21/2024. Poder Judicial: Feria judicial; Corte Suprema de Justicia; julio 2024; autoridades (junio 05-2024).

Buenos Aires, 5 de junio de 2024

Los Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:

1°) Designar como autoridades de feria del mes de julio del año 2024:

– Al doctor Carlos Fernando Rosenkrantz, del 15 al 26 de julio, como juez de feria.

– Al doctor Damián Ignacio Font, del 15 al 19 de julio y al doctor Sergio Miguel Napoli, del 20 al 26 de julio, como secretarios de feria.

2°) Establecer el horario de atención al público de lunes a viernes, desde las 7:30 hasta las 13:30 horas.

3°) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por los señores secretarios de feria.

4°) Disponer que el presente trámite estará regido por el punto 6 de la Acordada 15/2023.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal y registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Juan Carlos Maqueda. – Ricardo Luis Lorenzetti (Sec.: Luis Sebastián Clerici).

VOCES: ABOGADO – FERIA JUDICIAL – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

Corte Suprema de Justicia Resolución SGA n° 12/2024. Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA)

Corte Suprema de Justicia

Resolución SGA n° 12/2024. Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (febrero 01-2024).

Buenos Aires, 1 de febrero de 2024.-

Visto, el dictado de la Acordada n° 01/2024, mediante la cual esta Corte Suprema dispuso un incremento salarial del doce y medio por ciento (12,5 %) a partir del primero de diciembre de 2023; y

Considerando:

Que en función de las atribuciones conferidas en el punto resolutivo 2º) de la Acordada 30/2023, corresponde a esta Secretaría General de Administración calcular el nuevo valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –determinado por última vez por Resolución SGA n° 3369/2023–, con arreglo a lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y a las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018 y proceder a su publicación y comunicación.

Que, a estos efectos, han tomado intervención la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Por ello,

SE RESUELVE:

1) Hacer saber que el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS ($34.382) a partir del 1 de diciembre de 2023 (conf. Acordada 01/2024).

2) Disponer la publicación de la presente resolución en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias. Regístrese, publíquese en la página web del Tribunal y comuníquese con copia de la acordada referida en el Visto. – Damián Ignacio Font.

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 35/2023. Poder Judicial: Feria judicial; Tribunales Federales y Nacionales; enero 2024; autoridades.

Corte Suprema de Justicia

Acordada 35/2023

Poder Judicial: Feria judicial; Tribunales Federales y Nacionales; enero 2024; autoridades (noviembre 28-2023).

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2023.-

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:

1°) Designar como autoridades de feria del mes de enero del año 2024:

– Al doctor Horacio Daniel Rosatti del 1 al 31 de enero; al doctor Carlos Fernando Rosenkrantz del 1 al 7 de enero y al doctor Ricardo Luis Lorenzetti, del 1 al 5 de enero, como jueces de feria.

– Al doctor Alejandro Daniel Rodríguez, del 1 al 14 de enero y al doctor Gustavo José Naveira de Casanova, del 15 al 31 de enero, como secretarios de feria.

2°) Establecer el horario de atención al público de lunes a viernes, desde las 07:30 hasta las 13:30 hs.

3°) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por los señores secretarios de feria.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Juan Carlos Maqueda. – Ricardo Luis Lorenzetti (Sec.: Luis Sebastián Clerici).

VOCES: ABOGADO – FERIA JUDICIAL – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

Corte Suprema de Justicia. Acordada 29/2023.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA).

Corte Suprema de Justicia

Acordada 29/2023.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (septiembre 22-2023)

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2023.-

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con motivo del dictado de la acordada nº 27/2023, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento salarial del seis y medio por ciento (6,5 %) a partir del primero de julio de 2023, remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por acordada nº 19/2023- en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada nº 27/2018, según lo informado por la Dirección de Administración con fecha 8 de septiembre del corriente año.

Por ello,

ACORDARON:

1) Hacer saber que en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 20.595) a partir del 1 de julio de 2023.

2) Disponer la publicación de la presente acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el primer párrafo de la referida norma.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe.

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 19/2023. Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA).

Corte Suprema de Justicia

Acordada 19/2023. Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (junio 14-2023)

Buenos Aires, 14 de junio de 2023

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con motivo del dictado de la acordada n° 16/2023, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento salarial del nueve por ciento (9%) a partir del primero de abril, del nueve por ciento (9%) a partir del primero de mayo y del nueve por ciento (9%) a partir del primero de junio de 2023, todos ellos remunerativos y bonificables, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por acordada n° 9/2023– en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018, según lo informado por la Dirección de Administración con fecha 7 de junio del corriente año.

Por ello,

ACORDARON:

1) Hacer saber que en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($16.277) a partir del 1 de abril, de PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO ($17.741) a partir del 1 de mayo y de PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($19.338) a partir del 1 de junio de 2023.

2) Disponer la publicación de la presente acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el primer párrafo de la referida norma.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Juan Carlos Maqueda. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Ricardo Luis Lorenzetti.

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 17/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Fecha.

Corte Suprema de Justicia

Acordada 17/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Fecha (junio 12-2023).

Buenos Aires, 12 de junio de 2023.

Los Ministros que suscriben la presente, ACORDARON: Disponer en el corriente año feriado judicial para los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal desde el 17 hasta el 28 de julio de 2023, ambas fechas inclusive. Hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones que, con arreglo a lo previsto en la acordada n° 30/84 –respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares– y a lo dispuesto en la presente, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acordadas nros. 53/73, punto resolutivo 2°, y 24/88).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal y registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Juan Carlos Maqueda. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Ricardo Luis Lorenzetti.

VOCES: ABOGADO – FERIA JUDICIAL – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 9/2023. – Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (abril 04-2023).

Corte Suprema de Justicia

Acordada 9/2023. – Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (abril 04-2023)

Buenos Aires, 4 de abril de 2023.

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con motivo del dictado de la acordada n° 8/2023, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento salarial del seis por ciento (6%) a partir del primero de enero, del siete por ciento (7%) a partir del primero de febrero y del cinco y medio por ciento (5,5%) a partir del primero de marzo, todos ellos remunerativos y bonificables, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por acordada n° 3/2023- en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018, según lo informado por la Dirección de Administración con fecha 20 de marzo del corriente año.

Por ello,

ACORDARON:

1) Hacer saber que en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 13.228) a partir del 1 de enero, de PESOS CATORCE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 14.154) a partir del 1 de febrero y de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 14.933) a partir del 1 de marzo del 2023.

2) Disponer la publicación de la presente acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el primer párrafo de la referida norma.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Juan Carlos Maqueda. – Ricardo Luis Lorenzetti (Sec.: Héctor Daniel Marchi).

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 3/2023.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (febrero 24-2023).

Corte Suprema de Justicia

Acordada 3/2023.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (febrero 24-2023).

Buenos Aires, 24 de febrero de 2023.-

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con motivo del dictado de la acordada nº 36/2022, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento salarial del veinte por ciento (20%) a partir del 1 de diciembre de 2022, remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por acordada nº 25/2022– en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada nº 27/2018, según lo informado en actuación 3 por la Dirección de Aministración.

Por ello,

ACORDARON:

1) Hacer saber que en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 12.479) a partir del 1 de diciembre de 2022.

2) Disponer la publicación de la presente acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el primer párrafo de la referida norma.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Juan Carlos Maqueda. – Ricardo Luis Lorenzetti (Sec.: Hector Daniel Marchi).

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acordada 25/2022.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA)

Corte Suprema de Justicia

Acordada 25/2022.- Abogado. Regulación de honorarios profesionales. Fijación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) (septiembre 08-2022).

Buenos Aires, 8 de septiembre de 2022.-

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que con motivo del dictado de la acordada n° 22/2022, mediante la cual esta Corte dispuso un incremento salarial del nueve por ciento (9%) a partir del 1 de julio y del seis por ciento (6%) a partir del 1 de septiembre del corriente año, remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación, corresponde actualizar el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) –fijado por última vez por acordada n° 12/2022- en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 y teniendo en cuenta las pautas establecidas por el Tribunal mediante la acordada n° 27/2018, según lo informado a fs. 274 por la Dirección de Aministración.

Por ello,

ACORDARON:

1) Hacer saber que en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423 el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE ($ 9.811) a partir del 1 de julio y a la suma de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS ($ 10.400) a partir del 1 de septiembre de 2022.

2) Disponer la publicación de la presente acordada en el sitio institucional de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de lo previsto en el primer párrafo de la referida norma.

3) Poner en conocimiento de la presente a las distintas Cámaras Federales y Nacionales y, por su intermedio, a los tribunales que de ellas dependen y a los Tribunales Orales con asiento en las provincias.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Juan Carlos Maqueda. – Ricardo Luis Lorenzetti. – Hector Daniel Marchi.

Voces: ABOGADO – HONORARIOS – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.