Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Feria Judicial; autoridades de Primera y Segunda Instancia; designación

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Feria Judicial; autoridades de Primera y Segunda Instancia; designación (diciembre 16 de 2021).

Resolución 1667/2021

Buenos Aires,diciembre 16 de 2021.

En atención a la feria judicial que tendra lugar entre el 1 y el 31/1/2022, y de conformidad con lo previsto en las articulos 210 y 212 del Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil, con relación a la designación de las autoridades de Primera y Segunda Instancia, el Tribunal de Superintendencia RESUELVE:

1°) Designar como integrantes de la Sala de Feria a las siguientes Jueces de Cámara:

PRESIDENTE: Dra. María Isabel Benavente, desde el1 al 7/1/2022 (por vocalía 39); Dra. Silvia Patricia Bermejo desde el 8 al 31/1/2022 (vocalía 33).

VOCALES: Dra. Gabriela Iturbide (vocalía 36) desde el 1 al 7/1/2022; Dr.Gabriel Rolleri (par vocalía 36), desde el 8 al 14/2022; Dr. Ricardo Li Rosi, desde el 15/1/2022 al 21/1/2022 (par vocalía 36); Dr. Omar Luis Díaz Solimine, desde el 22 al 28/1/2022 (por vocalía 36) y Dra. Gabriela Iturbide, desde el 29 al 31/1/2022.

Dra. Silvia Patricia Bermejo, desde el 1 al 7/1/2022 (vocalia33); Dr. Víctor Fernando Liberman, desde el 8 al 21/1/2022 (par vocalía 39); y Dr. Guillermo Dante González Zurro, desde 22 al 31/1/2022.

2°) Designar como Secretaria de Cámara ad hoc para actuar en la Sala de feria desde el 1 al 7/1/2022, en reemplazo del sr. Prosecretario de Camara de la Sala “E”, Dr. Ignacio Maria Bravo d’Andre, que par turno le corresponde, a la Sra. Secretaria Dra. Laura Evangelina Fillia y desde el 8 al 16/1/2022; en reemplazo del anterior, al Sr. Secretario del Juzgado Civil N°10, Dr. Adrián Hagopian. Hara lo propio desde el 17 al 31/1/2022, la Sra. Prosecretaria de Cámara de la Sala “F”, Dra. Bárbara Rastellino, que par turno le corresponde.

Se desempeñara como prosecretaria/o administrativa/o de la Sala de feria entre durante la primera quincena de enero de 2022, la funcionaria de igual rango de la Sala “D”, Dra. Marcela Seoane, que par turno le corresponde; y durante la segunda quincena, haran lo propio, las sras. Prosecretarias administrtaivas de la sala ”E”, desde el 17 al 23/1/2022, la Dra. María Florencia Colman Blanco, y desde el 24 al 31/1/2022, la Dra. Maria Teresa Pasini, que par turno les corresponde.

La Mesa de Entradas de la Sala de Feria funcionara en la Sala donde este radicado el secretario de camara de feria (primera semana Sala “E”, segunda semana Sala “F”).

Actuará coma prosecretaria administrati va, de la Oficina de Legalizaciones sede centro, desde el 1 al 16/1/2022 la Lic. Laura Silberleib; desde el 17 al 23/1/2022, la Sra. Lucrecia Noro Villagra, desde el 24 al 31/1/2022, el Sr. Carlos A. Cabral Hunter.

Harán lo propio en la Oficina de Legalizaciones sede Inmigrantes, desde el 1 al 16/1/2022, la Dra Sandra D’Alessandro, desde el 17 al 23/1/2022, la Lic. Marcela Dottori; desde el 24 al 31/1/2022, la Dra. Elizabet Carames, a quien se le asignan funciones de prosecretaria administrativa ad hoc.

3º) Designar a las señores Jueces de Primera Instancia que atenderán durante la próxima feria de enero:

PARA CUESTIONES DE FAMILIA: Quedará de turno el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 87, con sede en Lavalle 1212, 2° piso, a cargo de la Dra. Ana Paula Garona Dupuis, Secretaria Única. Asignanse funciones de Secretaria ad hoc, durante la primera quincena, a la Sra. Prosecretaria Administrativa, Dra. Victoria Contreras Ocampo y durante la segunda quincena, asignanse funciones de prosecretario administrativo ad hoc a las jefes de despacho, Dres. Juan Pablo Santos Yantorno y Gonzalo Casanova; quienes atenderán al público en la sede del Tribunal de feria ,bajo la modalidad vigente y protocolos dispuestos par la pandemia de público conocimiento.

Asimismo, deconformidad con lo dispuesto por el artículo 212 del Reglamento para la Justicia Nacional enl o Civil, quedara de turno coma segund Juzgado de Familia, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 8, con sede en Lavalle 1220, piso 3°, que estara a cargo desde el 1 al 9/1/2022, del Dr. Cristóbal Llorente; desde el 10 al 26/1/2022, a cargo de su titular, Dra. Lucila Inés Córdoba; desde el 27 al 31/1/2022, a cargo de la Dra. Samanta Biscardi. Su Secretaria Única, estará a cargo de la Dra. Carlota María Villanueva, desde el 1 al 9/1/2022; desde el 10 al 16/1/2022, a cargo de la Dra. María Eugenia Sidotti de Cousandier, desde el 17 al 31/1/2022, del Dr. Javier Roberto Filinich, a quien se le asignan funciones de secretario ad hoc.

Actuará como tercer juzgado de feria con competencia en asuntos de familia, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°38, con sede en Talcahuano 490, piso 5°, de esta ciudad, que estará a cargo de su titular, Dra. Mariana Julieta Fortuna, Secretaría Única a cargo de la Dra. Sabrina Laura Besostri.

Los Juzgados de Familia actuarán con la asistencia del Secretario, un Prosecretario Administrativo, la mitad de la dotación del personal, las dos asistentes sociales de planta y los agentes que se convocaren en los términos reglamentarios.

PARA CUESTIONES CIVILES EN GENERAL: Quedará de turno el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 30, con sede en Av. De los Inmigrantes 1950, entre piso, cuya atención estara a cargo del Dr. Gustavo Daniel Caramelo, desde el 1 al 16/1/2022; a cargo de su titular, Dra. María Constanza Caeiro, desde el 17 al 23/1/2022; y desde el 24 al 31/1/2022, a cargo del Dr. Fernando Jorge Cesari. Su Secretaría Única, estara a cargo desde el 1 al 9/1/2022, del Dr. Mariano Martín Cortesi; desde el 10 al1 6/1/2022, del Dr. Martin Luis Gallo Tagle, a quien se le asignan funcionesde secretario ad hoc; desde el 17 al 23/1/2022, del Dr. Maximiliano Danie Bellini, a quien se le asignan funciones de secretario ad hoc; desde el 24 al 31/1/2022, del Dr. Douglas Doorn, a quien se le asignan funciones de secretario ad hoc.

Se deja constancia que en atención a las circunstancias dadas por la pandemia de público conocimiento y a lo establecido en anterior acuerdo plenario, excepcionalmente actuará con la asistencia de dos secretarios adicionales. Este Juzgado actuara ademas con la asistencia de un Prosecretario Administrativo, un Jefe de Despacho, un Escribiente, un Escribiente Auxiliar, un Medio Oficial y los agentes que se convocaren en los términos reglamentarios.

4°) El horario de feria para la atención al público será de 7:30 a 13:30, deconformidad con lo dispuesto por Acordada N° 26/2021 –del 28 de octubre de 2021– de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

5°) Los empleados que se queden de guardia en todas las dependencias del fuero, deberan ejercer la guardia de modo presencial.

Los funcionarios y empleados que presten servicio en los juzgados y Sala de feria, deberán contar con conocimientos de operación del sistema de gestión de expedientes Lex 100; y la prestación de servicio podra ser mediante la modalidad mixta, presencial y de teletrabajo, según lo dispongan las autoridades a cargo. En el supuesto de convocarse en modo presencial, deberan observarse las pautas sanitarias establecidas ya comunicadas oportunamente (distanciamiento social obligatorio, higiene, sanitización de espacios, etc).

Se recuerda que como en todas las ferias ordinarias, estara a disposición en porteria de Lavalle 1220, medio oficial de la Intendencia para traslado de expedientes y un chofer y vehículo (4370-0515 o int 1015).

De igual modo se recuerda la obligación de todas las dependencias, de comunicar a la Secretaría de Personal la nómina de personal de guardia consignando domicilios y números de teléfonos fijos y/o móviles donde puedan ser contactados, y que todo el personal de guardia más allá de las tareas encomendadas por las autoridades de las (dependencias donde prestan servicio, pueden ser convocados a colaborar conlos juzgados de feria. Frente a tal eventual requerimiento la concurrencia al juzgado de feria resulta obligatoria, no pudiendo desoírla, bajo apercibimiento de lincurrir en desobediencia administrativa y/o falta disciplinaria.

6º) Regístrese. Comuníquese y oportunamente archívese.

Marcela Pérez Pado. Presidente.

María Isabel Benavente.

Sebastían Pizcasso.

Acordada 25/2021 (Corte Suprema de Justicia). Poder Judicial: Corte Suprema de Justicia; acuerdo de Ministros; forma presencial; días de reunión en acuerdo ordinario; suscripción de sentencias; firma digital (octubre 28-2021 – Publicación Oficial).

Acordada 25/2021 (Corte Suprema de Justicia).

Poder Judicial: Corte Suprema de Justicia; acuerdo de Ministros; forma presencial; días de reunión en acuerdo ordinario; suscripción de sentencias; firma digital (octubre 28-2021 – Publicación Oficial).

Buenos Aires, 28 de octubre de 2021.-

Los Ministros que suscr ben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que esta Corte Suprema de Justicia de la Nación viene desarrollando, en el marco del programa de fortalecimiento institucional del Poder Judicial de la Nación, distintos aspectos vinculados al USO de tecnologías electrónicas y digitales. Por ese motivo, implemento de modo gradual diversos proyectos de informatización y digitalización.

En ese orden, en virtud de lo establecido en la ley 26.685 de Expediente Electrónico Judicial, los arts. 5 y 6 de la ley 25.506 de Firma Digital y los arts. 286 y 288 del Código Civil y Comercial de la Nación, se reglamento la conformación del expediente electrónico, y el expediente digital a traves de la incorporación de distintas funciones en el Sistema de Gestión Judicial (conf. acordadas 31/2011, 14/2013, 38/2013, 11/2014, 3/2015, 16/2016, 33/2016,38/2016, 5/2017, 28/2017 y 15/2019).

En el ámbito de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, desde el año 2016 se dispuso el empleo de la firma digital en la Secretaria General de Administración, prescindiendo del soporte papel (conf. acordada 9/2016).

II) Que las medidas resenadas implicaron la línea de acción que en materia de tecnología se ha llevado a cabo con el objeto de facilitar gradualmente la transformación del servicio de justicia en pos de una mayor eficiencia, transparencia, acceso a la información, reducción del uso del papel y acceso a lascausas.

III) Que ante la situación de emergencia pública sanitaria originada en la propagación a nivel mundial, regional y local del coronavirus (COVID-19), este Tribunal dispuso, a través de la acordada 11/2020, por un lado la posibilidad de que los acuerdos de Ministros se realicen pormedios virtuales, remotos o de forma no presencial (considerando VIII y punto resolutivo 4°); y por el otro, la implementación de la firma digital para los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos que se adopten (considerandos VII y X y puntos resolutivos 2° y 3°)

IV) Que en esa misma oportunidad, se previó que”esta posibilidad de acuerdos de Ministros por medias virtuales o remotos no reemplazará en ningún caso, en épocas de normalidad, a los acuerdos presenciales, que se seguiran llevando a cabo semanalmente como ha sido tradición del Tribunal” (considerando VIII, criterio que se reitero al resolver en el punto dispositivo 4°, antes citados)

V) Que en el estado actual se considera conveniente retornar la modalidad presencial de los acuerdos de Ministros, con periodicidad semanal, y reservar el empleo de medios virtuales por desición del Tribunal, o de su Presidente.

VI) Que, asimismo, con relación a la firma digital, la experiencia recogida en mas de un año desde el inicio de su utilización y la seguridad que brinda esta herramienta, toman oportuno y conveniente mantenerla corno modalidad principal para suscribir todos los actos jurisdiccionales y adrninistrativos por parte de los Serñores Ministros.

De esta forma, con posterioridad al acuerdo celebrado y a la deliberación llevada a cabo, la decisión jurisdiccional o administrativa que se adopte sera suscripta dentro del ámbito de competencia territorial del Tribunal, mediante el empleo de la firma digital. El Tribunal o su presidente podrán decidir recurrir, con el mismo alcance, a la firma ológrafa de aquellos actos.

VII) Que finalmente como consecuencia de lo que se dispone en la presente, corresponde fijar la periodicidad semanal de los acuerdos ordinarios, de conformidad con lo previsto en los artículos 11 del Decreto-Ley 1285/58 ratificado por ley 14.467- y 70 del Reglamento para la Justicia Nacional. Por ende, corresponde dejar sin efecto lo dispuesto en la acordada 38/1990, al resultar mas limitada que la práctica actual del Tribunal.

VIII) Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias que esta Corte Suprema titulariza en los términos del artículo 113 de la Constitución Nacional, y con el objeto de adoptar, en el ámbito de sus atribuciones, incluída la de superintendencia, las medidas necesarias y apropiadas para producir aquellos actos de gobierno necesarios para asegurar de la forma mas eficiente la debida prestación del servicio de justicia.

Por ello,

ACORDARON:

1°) Disponer que a partir del 1° de noviembre del corriente ano los acuerdos de Ministros volverán a desarrollarse de forma presencial, tal como ha sido tradición de esta Corte. El Tribunal, o su Presidente, podrán asimismo convocar a la realización de dichos acuerdos por medios virtuales o remotos, con la misma validez que la prevista en los artículos 70 y 71 del Reglamento para la Justicia Nacional.

2°) Establecer que la Corte Suprema se reunirá en acuerdo ordinario, en forma semanal, en los días hábiles que fije, por lo que se deja sin efecto la acordada 38/1990.

3°) Determinar que la suscripción de sentencias, acordadas y resoluciones dentro del ámbito de competencia territorial del Tribunal se realizará mediante el empleo de la firma digital. El Tribunal o su Presidente podrán disponer, con el mismo alcance, que esos pronunciamientos sean suscriptos de forma ológrafa.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal, en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe.

Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel.

Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos.

Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis.

Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando.

Firmado Digitalmente por HIGHTON Elena Inés.

Firmado Digitalmente por MARCHI Héctor Daniel.

Acordada 26/2021 (Corte Suprema de Justicia). Poder Judicial: Feria Judicial; enero 2022; designación de autoridades (octubre 28-2021 – Publicación Oficial).

Acordada 26/2021 (Corte Suprema de Justicia).

Poder Judicial: Feria Judicial; enero 2022; designación de autoridades (octubre 28-2021 – Publicación Oficial).

Buenos Aires, 28 de octubre de 2021.-

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:

1°) Designar como autoridades de feria del mes de enero del año 2022:

I. Al doctor Horacio Daniel Rosatti, del 1 al 14 de enero; al doctor Juan Carlos Maqueda del 15 al 31 de enero y al doctor Carlos Fenando Rosenkrantz desde el 24 al 31 de enero, como jueces de feria.

II. Al doctor Fernando Javier Arnedo, del 1al 9 de enero; al doctor Damián Ignacio Font, del 10 al 12 de enero; al doctor Alejandro Daniel Rodríguez, del 12 al 14 de enero; al doctor Néstor Alfredo Cafferatta, del 10 al 16 de enero; al doctor Gustavo José Naveira de Casanova, del 17 al 23 de enero ya la doctora Elena Nolasco, del 24 al 31 de enero, como secretarios de feria.

2°) Establecer el horario de atención al público de lunes a viernes, desde las 07:30 hasta las 13:30 hs.

3°) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por los señores secretarios de feria.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en la pagina web del Tribunal yen el Centro de Informaci6n Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe.

Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel.

Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando.

Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos.

Firmado Digitalmente por HIGHTON Elena Inés.

Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis.

Firmado Digitalmente por MARCHI Héctor Daniel.