Corte Suprema de Justicia Acordada 20/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Autoridades. Designación

Corte Suprema de Justicia

Acordada 20/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Autoridades. Designación (junio 23-2023).

Buenos Aires, 23 de junio de 2023

Los Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:

1°) Designar como autoridades de feria del mes de julio del año 2023:

– Al doctor Horacio Daniel Rosatti, del 17 al 28 de julio, como juez de feria.

– Al doctor Fernando Javier Arnedo, del 17 al 21 de julio y al doctor Silenio Rómulo Cárdenas Ponce Ruiz, del 22 al 28 de julio, como secretarios de feria.

2°) Establecer el horario de atención al público de lunes a viernes, desde las 7:30 hasta las 13:30 horas.

3°) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por los señores secretarios de feria.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal y registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Juan Carlos Maqueda. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Ricardo Luis Lorenzetti (Sec.: Héctor Daniel Marchi).

VOCES: ABOGADO – FERIA JUDICIAL – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia. Acordada 17/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Fecha.

Corte Suprema de Justicia

Acordada 17/2023. Poder Judicial. Feria judicial. Julio 2023. Fecha (junio 12-2023).

Buenos Aires, 12 de junio de 2023.

Los Ministros que suscriben la presente, ACORDARON: Disponer en el corriente año feriado judicial para los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal desde el 17 hasta el 28 de julio de 2023, ambas fechas inclusive. Hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones que, con arreglo a lo previsto en la acordada n° 30/84 –respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares– y a lo dispuesto en la presente, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acordadas nros. 53/73, punto resolutivo 2°, y 24/88).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal y registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe. – Horacio Daniel Rosatti. – Juan Carlos Maqueda. – Carlos Fernando Rosenkrantz. – Ricardo Luis Lorenzetti.

VOCES: ABOGADO – FERIA JUDICIAL – JUECES – PODER JUDICIAL – CÁMARAS DE APELACIONES – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA